¿Qué empresas deben tener médico ocupacional?
Según la Resolución Ministerial (RM) N° 312-2011 del Ministerio de Salud (Minsa) sobre el “Protocolo de exámenes médicos ocupacionales y guías de diagnóstico de los exámenes médicos obligatorios por actividad”, se estableció que, independientemente del número de trabajadores y de la actividad (servicios, comercial, industrial, pública o privada, con o sin fines de lucro) que realice la organización, esta debe contar con un médico ocupacional.
Posteriormente, en la RM N° 571-2014 se modificó el protocolo y se dispuso que a partir de 500 o más trabajadores, la organización debe contar con los servicios de un médico ocupacional con un mínimo de 6 horas diarias durante 5 días a la semana. En tanto que las empresas con menos de 500 trabajadores, el médico y la empresa se pondrán de acuerdo, pero si deben contar con un médico ocupacional y estar acreditadas con el Plan Anual de Salud Ocupacional y el Programa de Vigilancia de la Salud.
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